BOLETÍN DE PRENSA
Quito, miércoles 18 de marzo de 2026
| PLATAFORMA NACIONAL TRANS – COALITRANS |
Quienes construimos esta lucha tenemos la obligación de decir la verdad:
La sentencia 4-24-CN/26 habla de GÉNERO, no de sexo — y además del oportunismo desinformativo ultraconservador y la desiformación LGBTIQ+ – Trans también daña

| Quiénes somos y por qué hablamos La Plataforma Nacional Trans – CoaliTrans es la organización que lideró la lucha por el reconocimiento del género opcional en la cédula de identidad ecuatoriana (2015) — uno de los precedentes registrales más importantes en la historia de los derechos trans en Ecuador. Hemos acompañado cada sentencia, cada trámite, cada barrera institucional que las personas trans hemos enfrentado en este país. Cuando hablamos de esta sentencia, lo hacemos con el texto en la mano. No desinformando como los conservadores o los politiqueros LGBTIQ+. |
LO QUE LA SENTENCIA 4-24-CN/26 DICE — Y LO QUE NO DICE
La sentencia fue emitida el 5 de febrero de 2026 y suscrita el 5 de marzo de 2026. Su contenido es preciso y no admite interpretaciones libres:
| CORRECCIÓN — CIRCULA EN MEDIOS SOBRE SEXO Y REDES DESDE EL 13 DE MARZO En declaraciones difundidas por algunos medios y en comunicados de sectores conservadores, incluyendo una rueda de prensa hoy en Quito, de personas que desconocen técnica y legalmente la sentencia, se ha afirmado que la sentencia permite el cambio de «nombre y sexo» para adolescentes. Esta afirmación es INCORRECTA, independientemente de la intención de quien la formula. La sentencia habla exclusivamente de la rectificación del dato de GÉNERO. No de sexo. No es un error menor: sexo y género son datos registrales independientes con implicaciones jurídicas distintas. La mención registral SEXO está dada solo para personas trans adultas. ¡Pedimos a la ciudadanía, grupos conservadores e incluso personas LGBTIQ+ y personas trans que desconocen tecnicismos legales NO DESINFORMAR MÁS!La sentencia no establece una edad mínima de 12 años. Esa cifra no consta en el texto del fallo. Lo que la Corte resolvió es que la mayoría de edad no puede ser una barrera absoluta para adolescentes que cumplan tres requisitos concurrentes.El trámite no es automático ni libre de condiciones: exige acompañamiento de representantes legales e informe psicosocial de madurez. |
GÉNERO Y SEXO: LA DISTINCIÓN QUE ESTA LUCHA CONSTRUYÓ
Esta distinción no es nueva ni accidental. Es el resultado de años de litigación estratégica en Ecuador:
| El precedente que construimos La incorporación del género opcional en la cédula ecuatoriana — que permite registrar la opción masculino, femenino — fue una lucha que esta Plataforma acompañó y construyó. Ese precedente estableció que género y sexo son categorías registrales independientes: una persona puede tener género masculino y sexo femenino, o cualquier combinación válida, sin obligación de alinear ambos datos, a pesar incluso, de las trabas del propio registro civil, ya que la unificación de ambas categorías no existe en la ley. Lo que no esta escrito no existe. La sentencia 4-24-CN/26 se suma a ese precedente, NO LO REEMPLAZA. Confundir GÉNERO con SEXO borra esa distinción que costó años construir. |
Para los adultos trans, el artículo 94 de la LOGIDC ya permite la rectificación de ambos datos — sexo y género — bajo el régimen general vigente. La sentencia amplía el acceso al dato de género para adolescentes. Son marcos distintos que no deben confundirse.
SOBRE EL OPORTUNISMO INFORMATIVO — TAMBIÉN DENTRO DEL MOVIMIENTO LGBTIQ+ y TRANS
La desinformación sobre esta sentencia no proviene únicamente de sectores conservadores que la distorsionan deliberadamente para generar alarma. También proviene de personas y colectivos que, con buena voluntad o con afán de visibilidad politiquera, hablan sobre el fallo sin conocer sobre materia legal o tener una trayectoria dentro del movimiento sobre incidencia COMPROBADA en derechos de identidad de género. El ser LGBTIQ+ o TRANS no es una carta abierta para hablar de derechos trans. Así como, el ser mujer, no es una carta abierta para hablar de feminismo sin ser feminista.
El resultado es el mismo: se alimenta una narrativa falsa que el Estado y los sectores contrarios al reconocimiento trans usan para justificar su resistencia al cumplimiento de la sentencia.
Decirlo con claridad no es atacar a estas personas desinformadas que desinforman, sino es: PROTEGER NUESTROS DERECHOS. Cuando alguien habla en nombre de las personas trans con información incorrecta, no nos representa — nos expone. La lucha por los derechos trans en Ecuador se ha construido sobre precisión jurídica, no sobre ruedas de prensa convenientes.
Solicitamos a los medios de comunicación — incluyendo los que dieron cobertura a este sector — que verifiquen el texto de la sentencia antes de publicar declaraciones que la distorsionen, independientemente de la orientación política o identitaria de estos voceros.
EL PROBLEMA REAL: EL ESTADO AÚN NO CUMPLE
Mientras el debate público se concentra en una sentencia mal leída, el problema real permanece sin atención:
- El portal oficial del Registro Civil sigue indicando que el trámite es solo para mayores de 18 años — sin actualización desde mayo de 2024.
- El plazo de 15 días para que el Registro Civil y el Consejo de la Judicatura informen a la Corte sobre la difusión de la sentencia ya venció.
- No existe protocolo publicado que indique a los funcionarios cómo atender solicitudes de adolescentes trans.
- El Estado no ha habilitado ningún servicio psicosocial público y gratuito para emitir los informes que la propia sentencia exige.
ESE ES EL DEBATE QUE ECUADOR NECESITA TENER. NO EL QUE CONSTRUYERON QUIENES NO LEYERON LA SENTENCIA.
NUESTRA POSICIÓN
La Plataforma Nacional Trans – CoaliTrans celebra la sentencia 4-24-CN/26 como un avance en el reconocimiento de los derechos de los adolescentes trans. También hemos señalado sus límites junto a aliados — el informe psicosocial como barrera, el acompañamiento parental como potencial veto — y seguiremos exigiendo que el Estado los supere.
Lo que no aceptamos — de ningún sector incluyendo LGBTIQ+ y TRANS — es que se hable sobre nuestra lucha con información falsa. Esta lucha la construimos con precisión, con evidencia y con el texto de la ley en la mano. Así la seguiremos defendiendo.
¡Pedimos a la ciudadanía, grupos conservadores e incluso personas LGBTIQ+ y personas TRANS que desconocen tecnicismos legales NO DESINFORMAR MÁS!
Para conocer el contenido exacto de la sentencia: cedula.siluetax.org
Plataforma Nacional Trans – CoaliTrans
http://www.PlataformaTrans.org




